Informacion

Información Obras Sociales N°26-2020
10/05/2020

Aspirinetas: una respuesta de Bayer

Colegas

La semana pasada compartimos el reclamo realizado a Bayer en relación a llas aspirinetas en perjuicio de las farmacias.

Luego de las gestiones de la CoFA, el laboratorio respondió oficialmente al reclamo, por lo que la semana que viene las farmacias comenzarán a recibir de sus droguerías las unidades de aspirinetas para compensar la pérdida económica.

Escribe Bayer"Observando el reclamo:

1) Las compras realizadas por las farmacias desde el día 10/4 hasta el 24/4 (fecha de publicación de lista) a las que no se le haya aplicado el descuento, se les reconocerá la diferencia vía droguería en envases de Aspirinetas de 28 comp, dicho reconocimiento se efectuará en el transcurso de la primera semana de Mayo en cada una de las droguerías por las cuales haya efectuado la compra.

2) En el caso puntual de diferencias de la compra del transfer vs la lista de precios la droguería lo reconocerá caso por caso verificando la información de la transacción".

Puede LEER LA NOTA COMPLETA AQUI

 

IOMA- Nuevas Validaciones

Colegas, informamos que a partir del día lunes 11 de mayo del corriente, los planes Discapacidad, MAMI y Recursos de Amparo pasaran a ser de Validación Obligatoria, con las características respectivas de cada plan. Es importante destacar que dichos planes se verán reflejados en el Validador en forma separada, como obras sociales independientes. Para ver el detalle de los planes en el Validador (Clic Aquí)

 

IOMA RESOLUCIONES – Recordatorio

A continuación detallamos las mismas con sus correspondientes características:

Resolución 12/17: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria. Abarca productos de un listado cuya cobertura es un valor acordado con el IOMA. La misma debe ser presentada en IOMA ACCESORIOS.

Resolución 1256: Pertenece a IOMA Resolución de Directorio. Validación Obligatoria. Abarca medicamentos  dentro y fuera de Formulario Terapéutico de IOMA, mayores cantidades y porcentajes de cobertura. La misma debe ser presentada en IOMA Resolución de Directorio,  cuya cobertura será la que figure en la Orden de Provisión, la que se debe adjuntar a la receta.

Resolución 1781/15: Pertenece a IOMA Accesorios. Validación Obligatoria. Abarca Tiras Reactivas cuya cobertura es valor del PVP, y la Orden de Provisión se debe adjuntar a la receta. Sin cargo para el afiliado. Las Tiras Reactivas que se autorizan con Resolución 678, se validan como accesorios, en esta resolución aunque no coincida el número de resolución. Sino serán motivo de débito.

Resolución 3512/15: A partir del 11 de mayo del 2020 Validación Obligatoria, pertenece al Plan MAMI y  tiene la característica de poder reemplazar las leches por los 180 pañales a un valor de $ 672.50, siempre y cuando este plasmado en la Orden de Provisión la cual siempre tendrá que estar adjunta a la receta.

Discapacidad: A partir del 11 de mayo del 2020  es de Validación Obligatoria, se validarán  las recetas de medicamentos exclusivamente según los porcentajes de cobertura indicados en la Orden de Provisión, que siempre deberá estar adjunta a la receta (mayores cantidades mayores coberturas, productos excluidos).

En los casos que se autoricen recetas mixtas (medicamentos y accesorios), estas deben ser presentadas por carátula manual en Discapacidad, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc.).

Para el valor de los accesorios en esta resolución  lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.

IOMA MAMI: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria, se validarán las recetas según corresponda para las afiliadas embarazadas y los bebés de hasta un año de edad, con cobertura del 100% en recetario correspondiente. Es importante aclarar que las leches deben venir prescriptas por separado de los medicamentos.

IOMA RECURSO DE AMPARO: A partir del 11 de mayo del 2020 es de Validación Obligatoria se validarán las recetas de medicamentos según el porccentaje de cobertura indicado en la Orden de Provisión, que siempre deberá estar adjunta a la receta, la que también deberán estar acompañada de la copia del OFICIO DEL  AMPARO CORRESPONDIENTE. Se podrá dispensar toda prescripción que esté fuera de la Norma de Atención. (mayores cantidades, mayores coberturas y productos excluidos, etc).

En los casos que se autoricen recetas mixtas (medicamentos y accesorios), estas deben ser presentadas por carátula manual en Recurso de Amparo, siempre adjuntando la Orden de Provisión a la receta, en estos casos se podrán autorizar (mayores cantidades, mayores coberturas, productos excluidos, etc.).

En el caso del valor de los accesorios en esta resolución  lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad.

Resolución 678/18: Pertenece a Accesorios. NO se valida. Se presenta con carátula manual  en IOMA Resolución de Directorio. El valor de los accesorios en esta resolución  lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. Sin cargo para el afiliado. Siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. Si autorizan Tiras Reactivas con esta Resolución, se deben validar por Resolución 1781/15, sino serán motivo de débito.

Resolución 1637: Pertenece a Accesorios. No se valida. Se presenta con carátula manual  en IOMA Resolución de Directorio. Abarca accesorios con % variables entre 70%, 90% y 100%.  Siempre deberá estar adjunta la Orden de Provisión a la receta. El valor de los accesorios en esta resolución  lo define la farmacia.

Resolución 1638/19: Esta Resolución viene a reemplazar a la Resolución 1147/17. NO se valida. Se debe presentar con carátula manual por Resolución de Directorio pudiendo incluir  la cobertura tanto de medicamentos como accesorios con % de coberturas variables del 70%, 90% y 100%, según lo indicado en la Orden de Provisión que deberá estar adjunta como siempre en la receta. En el caso del valor de los accesorios en esta resolución  lo define la farmacia, teniendo en cuenta el margen de rentabilidad. 

 

Listado actualizado de Obras sociales que aceptan imágenes de recetas 

Durante la emergencia sanitaria algunas obras sociales y prepagas nos piden aceptar imágenes de recetas enviadas a los pacientes por correo electrónico, whatsapp, etc. 

La lista de los que informaron hasta ahora:

·         ACA SALUD

·         A.M.T.T.A (Asociación Mutual de Trabajadores deTelevisión y Afines) Con    autorización expresa de Osorio María Alejandra.

·         AMFFA

·         AMSTERDAM SALUD

·         APOC

·         ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD

·         ASOCIAR ART

·         BANCO DE LA PAMPA

·         BANCO PROVINCIA

·         CAJA DE ESCRIBANOS

·         CIMA

·         CASA

·         CEMURPO

·         COMEI

·         COOPERACIÓN SEGUROS

·         CSIL-Sanatorio Junín Prepago (TODOS LOS PLANES CON PREVIA AUTORIZACIÓN)

·         CSIL-Sanatorio Junín Obra Social (TODOS LOS PLANES CON PREVIA AUTORIZACIÓN)

·         DASMI

·         DASUTEN

·         DPAS

·         EMPLEADOS DEL COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE Bs. As. (358)

·         EXPERTA A.R.T.

·         FEDERADA SALUD

·         FIDEICOMISO SUPERAR

·         HOSPITAL AUSTRAL SALUD (TODOS LOS PLANES)

·         IOMA

·         JARDINEROS

·         JERARQUICOS  SALUD

·         LA PEQUEÑA FAMILIA INTEGRAL

·         LA PEQUEÑA FAMILIA PREPAGA

·         LA SEGUNDA ART

·         MEDIFE

·         NUMUSE-MEDICAR WORK

·         O.S.A.P.

  • OSALARA

·         OSAM PERGAMINO

·         OSFATLyF

·         OSMATA

·         OSPAGA

·         OSPE

·         OSPECYD

·         OSPENA

·         OSPEPBA

·         OSPFESYQYP

·         OSPIA

·         OSPIM ENSALUD

·         OSPLAD

·         OSPOCE  INTEGRAL

·         OSPRERA MONOTRIBUTISTA

·         OSPRERA RURAL

·         PLUS ART

·         PODER JUDICIAL

·         POLICIA FEDERAL

·         PREVENCIÓN ART

·         PREVENCION SALUD

·         PROVINCIA ART

·         RECONQUISTA ART

·         SASA

·         SAMI SALUD

·         SOSBA

·         STAFF MEDICO

·         SUETRA

·         SCIS UNIFICADO

·         TV SALUD

·         UNION PERSONAL

·         UNLP

·         UTA

La farmacia podrá efectuar la dispensa con una impresión de la receta. La cual deberá validar con los sistemas habituales debidamente firmada por el afiliado o tercero que retira, adjuntando el comprobante de validación y los troqueles en la copia de la receta.

ATENCIÓN: Esto no aplica para la dispensa de medicamentos estupefacientes que necesiten duplicados. Esta modalidad será válida durante este aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por el gobierno.

 

INFORME SEMANAL DE PAGOS

Pami Amb Saldo 1ra ENE 2020
Pami Pañales (82%) FEB 2020
Pami Oncológicos OCT/19

IOMA Amb Saldo ENE 2020

Amffa Ospoce Filiales ABR 2020
Jerárquicos Salud FEB 2020
Jerárquicos Salud ENE 2020
Licitaciones Pami OCT/19
Medicamentos Primer Nivel ABR 2020
Osmata FEB 2020
Sami Osmecon FEB 2020

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